Panamá es uno de los destinos más atractivos para quienes desean residir en el extranjero, ya sea por motivos de retiro, inversión o estilo de vida. Dos de las opciones más comunes para obtener residencia legal en el país son la Residencia en calidad de jubilado/pensionado y la Residencia por el programa de Naciones Amigas.
✅ Residencia en calidad de Jubilado o Pensionado
Requisitos:
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Tener una pensión vitalicia de al menos USD 1,000 mensuales (puede variar si se adquiere propiedad).
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Presentar certificado de pensión y documentación legalizada.
Ventajas:
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Exención total del impuesto sobre la renta de la pensión extranjera.
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Descuentos legales en servicios públicos, medicamentos, entretenimiento, restaurantes y transporte.
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Trámite relativamente ágil.
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No se requiere inversión ni compra de bienes raíces.
- El solicitante obtiene una residencia permanente en un plazo de 1 a 6 meses desde que se presentó la solicitud formal ante el Servicio Nacional de Migración de Panamá.
Desventajas:
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No puede solicitar un permiso de trabajo bajo esta categoría de residente permanente en Panamá.
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Sólo disponible para personas jubiladas o con pensión vitalicia.
- Requiere demostrar que la pensión proviene de un gobierno o fondo de administración de pensiones.
✅ Residencia por el Programa de Países Amigos
Requisitos (actuales):
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Ser ciudadano de uno de los países designados por Panamá como naciones amigas (incluyendo EE.UU., Canadá, Reino Unido, entre otros).
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Realizar una inversión económica (por ejemplo: comprar una propiedad por al menos USD 200,000 o abrir una cuenta bancaria con ese monto).
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Alternativamente, obtener un contrato de trabajo con empresa panameña.
Ventajas:
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Permite trabajar legalmente y realizar actividades comerciales en Panamá.
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Más flexible para personas no jubiladas.
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Puede incluir dependientes (cónyuge e hijos).
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Ideal para emprendedores, inversionistas o profesionales activos.
Desventajas:
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Requiere inversión económica considerable o contrato de trabajo.
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Puede tener requisitos adicionales según la inversión elegida.
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El trámite puede demorar más tiempo y requiere más documentación. Usted obtiene una residencia provisional y dos años más tarde puede solicitar la residencia permanente.
¿Qué opción deberías elegir?
La elección entre ambas opciones depende de tu situación personal y objetivos en Panamá. Si estás jubilado y buscas tranquilidad con beneficios económicos, la residencia de jubilado es ideal. Si eres profesional activo o deseas iniciar un negocio, el programa de Países Amigos te ofrece mayor flexibilidad.
Bufete del abogado Edgardo Espinosa
Especialista en Derecho Migratorio
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