En Panamá, una persona nacida en el extranjero adquiere la ciudadanía panameña por nacimiento si al menos uno de los padres es ciudadano panameño y cumple otros requisitos.

La sección 2 del artículo 9 de la Constitución de Panamá contempla este principio de ciudadanía por nacimiento al establecer que “son panameños por nacimiento los hijos de padre o madre panameños por nacimiento nacidos fuera del territorio de la República, si aquellos establecen su domicilio en el territorio nacional.”.

Las personas nacidas en el exterior de padres panameños no adquieren la nacionalidad de forma automática; la ciudadanía sólo se puede conferir cumpliendo determinados requisitos.

Los padres también pueden presentar la solicitud en representación sus hijos menores o mayores de edad.

Si la persona nació en un país no hispanohablante, su certificado de nacimiento debe ser traducido al español por un traductor público autorizado panameño. Una copia original del acta de nacimiento debe ser apostillada en el país de emisión o legalizada por el Consulado de Panamá en el país correspondiente.

La partida de nacimiento es el documento más importante a la hora de acreditar la ciudadanía. También es el primer documento que necesita para solicitar un pasaporte o casarse en Panamá.

El proceso de solicitud para reclamar la nacionalidad panameña varía en función del lugar de nacimiento, como por ejemplo las personas que nacieron en la antigua Zona del Canal de Panamá. En general, el solicitante necesita presentar los siguientes documentos para comprobar su identidad y obtener la nacionalidad panameña:

– Acta de nacimiento del hijo de un ciudadano panameño

– Traducción certificada de la partida de nacimiento si está escrita en un idioma distinto al español

– Acta de nacimiento del progenitor panameño

– Documento nacional de identidad o pasaporte del padre o madre panameña

– Afidávit o declaración jurada del progenitor panameño

– Comprobante de domicilio expedido por un juez de paz en Panamá

Todos los documentos emitidos en el extranjero deben estar debidamente apostillados o legalizados para su uso en Panamá.

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