Guía General de Requisitos

Si usted nació fuera de Panamá y tiene derecho a la nacionalidad panameña por ser hijo(a) de padre o madre panameña, deberá inscribir su nacimiento ante el Registro Civil del Tribunal Electoral para que produzca efectos legales en Panamá.

Aunque cada caso puede presentar particularidades, los requisitos generales son los siguientes:

1. Certificado de nacimiento

Debe presentar el certificado de nacimiento original expedido por la autoridad competente del país donde ocurrió el nacimiento.

El documento deberá estar:

  • Apostillado, si fue emitido en un país miembro del Convenio de La Haya; o
  • Legalizado por las autoridades competentes cuando el país no forme parte del Convenio de Apostilla.

Cuando corresponda, también podrá requerirse la validación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.

2. Traducción oficial

Si el certificado de nacimiento o la Apostilla están redactados en un idioma distinto al español, deberán traducirse al español por un Traductor Público Autorizado en la República de Panamá.

3. Declaración jurada

Generalmente se requiere una declaración jurada del padre o madre panameño manifestando, entre otros aspectos, la filiación biológica del solicitante y que el nacimiento no deriva de un proceso de adopción.

Cuando el progenitor panameño reside en el extranjero, esta declaración puede otorgarse ante un Consulado de Panamá.

4. Certificación de residencia

Debe aportarse una certificación de residencia del padre o madre panameño o, cuando corresponda, del propio solicitante. La prueba de domicilio se debe obtener de parte de un Juez de Paz panameño.

5. Documentos de identidad

Se deberán presentar copias de las cédulas de identidad o pasaportes de los padres y, cuando sea aplicable, del solicitante.

6. Presentación por representante

Cuando el trámite sea realizado mediante apoderado, deberá presentarse el correspondiente poder debidamente notariado. El poderdante deberá haber comparecido y firmado ante el Notario Público. 

Aspectos importantes

Antes de presentar la solicitud, verifique que:

  • Los nombres de los padres coincidan exactamente con sus documentos de identidad. De ser así, presentar documentos que sustenten la diferencia en el nombre de nacimiento como puede ser nombre adquirido después de casarse o cambio de nombre por razones religiosas, por ejemplo.
  • Las traducciones sean precisas y estén completas.
  • La Apostilla también haya sido traducida cuando corresponda.
  • No existan errores en nombres, fechas o números de identificación.

El Registro Civil puede solicitar documentos o pruebas adicionales dependiendo de las circunstancias particulares del caso.

¿Necesita ayuda?

Nuestro despacho puede asistirle con:

  • Traducciones oficiales por Traductor Público Autorizado.
  • Revisión previa de sus documentos.
  • Asesoría sobre Apostillas y legalizaciones.
  • Preparación de declaraciones juradas y poderes.
  • Acompañamiento durante el trámite de inscripción.

Licdo. Edgardo Espinosa
Abogado y Traductor Público panameño

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