El Servicio Nacional de Migración de Panamá tiene la autoridad de negar el ingreso o tránsito por el país de Panamá, así como revocar la visa o permiso migratorio de residencia correspondiente, en las siguientes situaciones:

  • La presencia de una orden emitida por autoridad competente que prohíba su ingreso.
  • La presentación de documentación nacional o extranjera, material o ideológicamente falsificada o adulterada, con la intención de adquirir un visado para acceder al territorio nacional de Panamá..
  • El intento de entrada en el territorio nacional de Panamá utilizando un documento que no cumpla los requisitos exigidos por la legislación vigente.
  • Antecedentes penales en el país de origen o procedencia del individuo. Una solicitud de residencia provisional o permanente podrá ser rechazada si el solicitante posee antecedentes penales.
  • Constituir un riesgo o una amenaza para la seguridad nacional o la comunidad internacional.
  • Padecer una enfermedad catalogada por el Ministerio de Salud de Panamá como de riesgo para la salud pública o proceder de un país o región declarada de alto riesgo epidemiológico por la Organización Mundial de la Salud o la Organización Panamericana de la Salud.
  • Haber sido deportado o expulsado del país de Panamá, estando vigente la orden de expulsión.
  • Infringir las disposiciones de la normativa vigente..

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